El Salvador debe adherirse a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

14 de diciembre 2021

Las desapariciones forzadas y otras formas de desapariciones en América Latina fueron un rasgo de las dictaduras militares y con­flictos armados en décadas pasadas y hoy siguen ocurriendo en con­textos de alta criminalidad. A pesar de la persistencia del problema, no se puede desconocer que la lucha contra la desaparición forzada ha evolucionado positivamente en los últimos 30 años. Prueba de ello es la creación de nuevos instrumentos en el derecho interna­cional y la creciente priorización de la protección y las garantías de los derechos de las víctimas de este delito.

El Salvador aún no es Estado Parte de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994) ni de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2006), los dos más importantes convenios internacionales en la materia. En el presente documento se destacarán algunas razones por las cuales El este país centroamericano debe adherirse a estos importantes tratados internacionales para reforzar la protección de las personas contra las desapariciones forzadas.

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